Embarque en Bandera no española

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Capitan Jack
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Embarque en Bandera no española

Mensaje por Capitan Jack »

he hecho practicas de alumno en un barco ke no es español, bandera de madeira( portugal), y mi pregunta es ke necesito exactamente para ke me valgan los dias para el titulo de piloto? con el rol y la libreta es suficiernte??
algo mas?
corsair
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Mensaje por corsair »

Pregunta en Capitanía por ello, aunque creo que con el anexo III y el IV, así como la fotocopia del rol, creo que es suficiente, pero como te digo informate primero en la capitanía de puerto.
sl2 / Corsair,

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alferez
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Mensaje por alferez »

En Teoría:
certificado de empresa, contratro (díficil si eres alumno), copia compulsada del rol de navegación, fotocopia del enrole en la libreta.

En la práctica, por lo menos es lo que presenté para validar un embarque en bandera de Madeira también:
certificado de empresa, de contrato le presenté las nominas, copia compulsada del rol, fotocopia del enrole, características técnicas del buque así como demás datos (con la firma capitán + sello), lista de tripulantes.

A mi con eso me valió.

Lo malo es la fotocopia compulsada del rol, en mi caso la hice varios meses después de desembarcar, pues tienes que tener la leche de desembarcar en España y que la puta capitanía esté abierta.
Porque como que lo de ir al consulado si estás en el extranjero es un poco difícil.
FLASK
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Mensaje por FLASK »

Es importante el famoso Discharge, es decir una carta firmada por el capitan y con el sello del buque en la cual certifica que has estado embarcado en el buque bajo su mando entre las fechas que tu indicas. En principio , para un buque de bandera no comunitaria , lo que te exigen es lo que te dice alférez : Anexo IV( certificado de empresa), contrato ( algunas compañias como Maritima del Norte te lo dan , otras como Naviera Quimica no , por lo menos cuando estuve yo ) , Discharge , fotocopia del rol y fotocopia del enrole.

Sin la fotocopia del rol o sin el discharge Capitania NO TE VALIDA LOS DIAS .Te lo digo por experiencia : yo tenia casi 3 meses de alumno en Naviera Quimica , y desembarqué sin el rol y sin el discharge. Cuando fui a presentar los dias me dice la de Capitania que me faltan esos dos papelotes y que sin ellos no te valen los dias, así que llamo a la empresa , y me dicen que el barco en el que yo habia estado , el Estireno ( bandera de Portugal, Registro de Madeira )lo han desguazado hace 7 meses y que el rol sabe dios donde esta, a lo mejor en Gibraltar. Les pregunto por el viejo y me dicen que ya no navega con ellos......
Despues de explicarles el caso , ellos mismos me firmaron un discharge como armadores/operadores y me lo mandaron por correo certificado, así que lleva todo lo que te hemos dicho y que no te pase como a mi.

Un saludo
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piratacanario
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Mensaje por piratacanario »

fotocopia del rol y la primera pagina si puedes, el contrato y el anexo IV
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zaloasv
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Mensaje por zaloasv »

Con bandera de Madeira no te hace falta la fotocopia del rol, pero sí el discharge. Ademas debes llevar el certificado de la empresa (a mi el Sr Abril en Madrid me dijo que tenia que ir firmado por el capitan Y el representante de la empresa, lo cual es FALSO), los anexos tal y tal.
El discharge se presenta cuando la bandera del barco no tiene su propia libreta de navegacion (como pasa con Madeira). Por ejemplo en Liberia, tienes que presentar la libreta de navegación liberiana, y no hace falta discharge.
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alferez
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Discharge Book

Mensaje por alferez »

No tengo claro lo que estais diciendo, por lo que he entendido algunos de vosotros opinais que para validar los dias en capitania, hace falta fotocopia del discharge, que según lo que contais es una carta del capitán diciendo que has estado embarcad en tal buque...
Pues yo en cambio soy de la opinión de que el discharge buque es el rol, donde se apunta el nombre de cada tripulante y la fecha de embarque y desembarco.

Por lo menos los barcos de bandera de Portugal tiene esta especie de rol, digo especie, porque sólo se apuntan los embarcados, nada más.

Si bien esto no es necesario si se embarca en un buque tipo bandera de Liberia, Panamá, ya que con la simple fotocopia de la libreta del país ya vale.
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zaloasv
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Mensaje por zaloasv »

Querido amigo Alferez, si has estado navegando en buques con bandera de portugal, te diré que el rol del barco consta de varias partes, en una se apuntan los datos de los tripulantes, y en otra parte se encuentran los discharges, que no es un papel que dice el capitán que has estado embarcado (eso sería el certificado del capitán), sino que es un papel oficial del gobierno portugués, básicamente es igual que un certificado del capitán, pero la diferencia es que es un papel oficial.
No entiendo muy bien qué quieres decir con lo de que sólo se apuntan los embarcados, a ver si por favor me lo puedes explicar porque supongo que no lo he entendido o que no te has sabido explicar. ¿A quién apuntamos en el rol? ¿A los que están en casa de vacaciones? Pues digo yo que a los que están embarcados, ¿no?
Si en Liberia o Panamá te vale con fotocopia de la libreta, es porque estos países tienen su propia libreta; esto no pasa en Portugal y por eso hay que presentar el discharge en lugar de la libreta.
Jasconius
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Mensaje por Jasconius »

Realmente es complicado legalizar los días y más en buques de bandera extranjera.
Debes demostrar claramente en la Capitanía de turno que has estado embarcado durante el período que acreditas. Por experiencia lo que vale para unas capitanías para otras no es válido.

Reúne todos los documentos que puedas para demostrar tu embarque. Fotocopia del Rol, carta del Capi certifiacando tú embarque (Discharge), contrato si te lo dan y si no certificado de la naviera, nóminas que hayas cobrado, libreta por descontado, cotizaciones si las hay....

El Rol se queda en el barco, por lo que lo único que puedes es presentar una fotocopia. Ten en cuenta que es muy fácil falsificar embarques y mucha gente no navega y presenta estos documentos.
Espero que esto te sirva solo como un consejo.
patrondealtura
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Mensaje por patrondealtura »

y si el buque en question fuese de "recreo" 25 metros eslora y bandera britanica, que se debería presentar para que te valieran los días de embarque?? puesto que estos no tienen rol.
patrondealtura
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Mensaje por patrondealtura »

Y ya puestos en materia:

Puede un titulado español como por ejemplo un Patron Altura M.M. o Piloto M.M. despachar un barco (el caso que tengo en mente es recreo pero Commercial Vessel (Charter)) con bandera britanica con su titulación española o debe refrendar ésta en el consulado inglés o alguna calsificadora britanica tipo MCA??

Es el mismo caso si la bandera de registro es Guernsey (BVI) que Londres ??
toniguti
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Cualificacion equivalente

Mensaje por toniguti »

Para mandar barcos de bandera inglesa en actividad comercial, suelen hacer la vista gorda con titulacions STCW, y mas si son de la Union Europea, pero si el barco tiene cierto porte y lo administra una compañia de gestion exigen el certificado de cualificacion equivalente, que te lo dan previo examen de ingles y de procedimiento legal - derecho maritimo de la U.K.
La M.C.A. no es una clasificadora es la Maritime and Coast Guard Agency, tiine oficinas en todos los puertos de importancia y es la version inglesa de la DGMM y Capitanias Maritimas, solo que mas simplificado y con menos mamoneo y por supuesto muchisimos menos burrocratas, hacen la misma faena con el 10 % del personal.

El procedimiento lo tienes en el MGN nº 221, pego la sipnosis.

MARINE GUIDANCE NOTE
MGN 221 (M)



TRAINING AND CERTIFICATION GUIDANCE – PART 19

Certificates Of Equivalent Competency

Notice to Owners, Operators, Managers, Masters, and Officers of Merchant Vessels

This Note supersedes Marine Guidance Note MGN 179 (M)




For a printable version of this document click here ( PDF Document 139kB)


Summary

This Marine Guidance Note (MGN) is Part of a series which gives guidance on the application of the Merchant Shipping (Training and Certification) Regulations 19971 and the revised International Convention on Standards of Training, Certification and Watchkeeping for Seafarers (STCW 95)2 .

In order for the guidance to be easy to use and to keep up-to-date, the individual Parts will retain the same Part number but the MGN number may change if and when revisions are necessary. The front sheet of any revised Part will list the latest MGN numbers. Any reference to "Part" in this MGN relates to this series of Guidance Notes as listed below.

Key Points

This Part largely reproduces information on UK Certificates of Equivalent Competency (CECs) previously published in Merchant Shipping Notice MGN 179 and incorporates the following changes:

Additional methods of assessment of UK Legal and Administrative Processes (UKLAP) and of English language skills;
Conditions relating to the issue of temporary CECs;
The use of photocopies;
Companies permitted a role in assessing UKLAP and English;
Maritime and Coastguard Agency’s (MCA) audit role.

En cuanto a los dias de mar no hay mas regulacion que el BOE, http://www.fomento.es/NR/rdonlyres/C813 ... de2001.pdf.
La tramitacion siempre es en Madrid y las Capitanias no hacen mas que remitir el expediente, si se ponen cerriles y tu crees que cumples con el BOE haces entrar el expediente de peticion de expedicion del titulo via registro de entrada, y tienen que acepctarlo, si de Madrid lo devolviesen tendrian que argumentar la devolucion y en que se basa, asi que si tu crees que los dias de mar se ajustan al procedimiento definido en el BOE, pasas de la capitania y haces que manden el expediente a Madrid, asi te ahorras que interprete la normativa el o la gili de la ventanilla que lo mas probable es que no este ahí por listo-lista.
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