No tenía la menor duda de que se trata de una grieta, de una cosa tapada.
Pero tampoco quisiera que se metieran con los 4 españoles que estáis, porque entonces os echan y a correr.
El grave problema es que hay una naviera operando en España sin pagar impuestos por sus tripulantes.
Y eso hará a medio plazo que las gabarras de bandera española o desaparecen o cambian de bandera también. Ambas cosas malas para los marinos españoles.
No se debe competir en base a no pagar impuestos.
Exención de rentas de trabajo generadas en el extranjero.
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- Capitan
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- Grumete
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Re: Exención de rentas de trabajo generadas en el extranjero.
Bueno, aquí en Las Palmas hay varias empresas extranjeras dando servicio de bunkering, aparte de las spabuner. De hecho esta spanunker es la ÚNICA ESPAÑOLA, las otras cinco que estamos pabebllón de conveniencia, sólo tenéis que entrar en el vesselfinder para consultarlo.
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- Capitan
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Re: Exención de rentas de trabajo generadas en el extranjero.
Pues ese es el problema. No que tú o 4 españoles paguéis más o menos impuestos.
Es que a la bandera y tripulación española de Spabunker le quedan 2 telediarios.
Si tenemos en puertos españoles barcos trabajando sin impuestos a tripulanres. No ya que pasen por aquí, que eso está perdido, sino que siempre estén aquí y trabajen solo aquí.
A partir de ahí les queda ya destrozar el mundo remolcadores y conseguiremos que todo lo que flote sea pirata.
Es un poco ver como se desintegra un sector, con una competencia que aprovechándose en unas leyes (maritimas) se salta otras (tributarias).
Pero bueno, a nivel personal sólo te puedo decir que hagas lo que puedas, no se trata como digo de cargar contra los 4 españoles que haya.
Es que a la bandera y tripulación española de Spabunker le quedan 2 telediarios.
Si tenemos en puertos españoles barcos trabajando sin impuestos a tripulanres. No ya que pasen por aquí, que eso está perdido, sino que siempre estén aquí y trabajen solo aquí.
A partir de ahí les queda ya destrozar el mundo remolcadores y conseguiremos que todo lo que flote sea pirata.
Es un poco ver como se desintegra un sector, con una competencia que aprovechándose en unas leyes (maritimas) se salta otras (tributarias).
Pero bueno, a nivel personal sólo te puedo decir que hagas lo que puedas, no se trata como digo de cargar contra los 4 españoles que haya.
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Re: Exención de rentas de trabajo generadas en el extranjero.
Buenas noches desde Filipinas,
Había dado el hilo por muerto, vaya sorpresa me he llevado al ver los tantos mensajes nuevos, gracias por vuestras respuestas.
Uno de los mensajes, puede que con razón, dice que mi pregunta inicial está mal formulada. Puede ser. Antes de hacerla indagué bastante sobre el tema, entre otras páginas en una de las que recomiendan en un mensaje de este hilo:
https://www.fiscalidad-expatriado.com/
Aqui el asesor fiscal experto en la aplicación del 7p, recomi3nda declarar todas las rentas de trabajo y después pedir una rectificación a Hacienda. De ahí mi pregunta inicial, sobre si a algún marino le habían aceptado la aplicación del 7p.
Añado que en mi embarque actual, para el siguiente año fiscal estoy guardando TODA la documentación que puedo. Entre otros tantos papeles he creado un certificado que indica todos los puertos en los que ha estado mi buque (firmado, sellado, con mi pasaporte, el del capitán...). Al desembarcar, con todos la papelada en mano y previa asesoría fiscal, haré una consulta vinculante.
No me parece nada mala opción el no declarar nada. Por mi entorno y las historias que leo aqui, Hacienda pide explicaciones en contadas ocasiones. Y en ese caso, papeles en mano acogerse al 7p. Que habrá que ver si eso nos salva de las multas por los años no prescritos...
Coincidí con un capitán español de unos 70 años, que estando jubilado desde los 58, seguía (y sigue) trabajando y enviando 90.000 euros anuales a la cuenta de su mujer como si nada, a pecho descubierto. Hasta ahora ningún problema. Me dió que pensar, un jubilado, cobrando pensión, renovando todos los certificados, y pasando revisión médica PARA EMBARCAR no levanta sospechas. Tengamos en cuenta que para renovar el básico y avanzado de gas licuado basta con acreditar un embarque de tres meses en los únicos 5 años. Vaya, que a veces parece que hacen la vista gorda y otras se ensañan.
Mucha incertidumbre...
Había dado el hilo por muerto, vaya sorpresa me he llevado al ver los tantos mensajes nuevos, gracias por vuestras respuestas.
Uno de los mensajes, puede que con razón, dice que mi pregunta inicial está mal formulada. Puede ser. Antes de hacerla indagué bastante sobre el tema, entre otras páginas en una de las que recomiendan en un mensaje de este hilo:
https://www.fiscalidad-expatriado.com/
Aqui el asesor fiscal experto en la aplicación del 7p, recomi3nda declarar todas las rentas de trabajo y después pedir una rectificación a Hacienda. De ahí mi pregunta inicial, sobre si a algún marino le habían aceptado la aplicación del 7p.
Añado que en mi embarque actual, para el siguiente año fiscal estoy guardando TODA la documentación que puedo. Entre otros tantos papeles he creado un certificado que indica todos los puertos en los que ha estado mi buque (firmado, sellado, con mi pasaporte, el del capitán...). Al desembarcar, con todos la papelada en mano y previa asesoría fiscal, haré una consulta vinculante.
No me parece nada mala opción el no declarar nada. Por mi entorno y las historias que leo aqui, Hacienda pide explicaciones en contadas ocasiones. Y en ese caso, papeles en mano acogerse al 7p. Que habrá que ver si eso nos salva de las multas por los años no prescritos...
Coincidí con un capitán español de unos 70 años, que estando jubilado desde los 58, seguía (y sigue) trabajando y enviando 90.000 euros anuales a la cuenta de su mujer como si nada, a pecho descubierto. Hasta ahora ningún problema. Me dió que pensar, un jubilado, cobrando pensión, renovando todos los certificados, y pasando revisión médica PARA EMBARCAR no levanta sospechas. Tengamos en cuenta que para renovar el básico y avanzado de gas licuado basta con acreditar un embarque de tres meses en los únicos 5 años. Vaya, que a veces parece que hacen la vista gorda y otras se ensañan.
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Re: Exención de rentas de trabajo generadas en el extranjero.
Gracias por la explicación que te solicité y revivir el hilo, por circunstancias de la vida he vuelto a caer en pabellón de conveniencia sin empresa que me retenga, de ahí la resurrección del hilo por mi parte.
Asesor fiscal recomienda pedir la certificada pero no te parece mala idea no declarar nada de lo que deduzco que si haces como yo pasas de asesores fiscales, al fin y al cabo tenemos dos años de derecho y tontos no somos, si seguimos el 7p escrupulosamente y preparamos bien la documentación no debería haber ningún problema.
Asesor fiscal recomienda pedir la certificada pero no te parece mala idea no declarar nada de lo que deduzco que si haces como yo pasas de asesores fiscales, al fin y al cabo tenemos dos años de derecho y tontos no somos, si seguimos el 7p escrupulosamente y preparamos bien la documentación no debería haber ningún problema.
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Re: Exención de rentas de trabajo generadas en el extranjero.
Hombre, yo un consejo de esto no te puedo dar.
Si decirte, la situación tributaria de tu empresa, prestando un servicio en España esta mal.
Hacienda no lo sabe, solo ve barcos que van y vienen y no saben donde.
A partir de ahí haz lo que creas. Probablemente no pase nada. Pero si pasa ten los argumentos claros para recurrir. Y lo que salga saldra.
Si decirte, la situación tributaria de tu empresa, prestando un servicio en España esta mal.
Hacienda no lo sabe, solo ve barcos que van y vienen y no saben donde.
A partir de ahí haz lo que creas. Probablemente no pase nada. Pero si pasa ten los argumentos claros para recurrir. Y lo que salga saldra.