La Agencia Tributaria podrá intercambiar información automática sobre cuentas bancarias situadas en cincuenta países a través de las instituciones fiscales homólogas de esos Estados
[b][color=#FF0000]La Voz de Galicia[/color][/b] escribió:La Agencia Tributaria podrá intercambiar información automática sobre cuentas bancarias situadas en cincuenta países a través de las instituciones fiscales homólogas de esos Estados. Esta fue una de las medidas pactadas en el acuerdo firmado en Berlín hace un año y que obliga a los bancos a comunicar en el 2017 la información obtenida en el ejercicio anterior sobre la residencia fiscal de los titulares de sus cuentas a la Hacienda local.
En el caso de España, el Gobierno aprobó ayer en el Consejo de Ministros el decreto que completa la normativa y detalla qué datos deben aportar las entidades financieras. En concreto, los bancos deberán trasladar a la Agencia Tributaria el nombre, apellidos o razón social del titular, domicilio, número de cartilla, saldo y valor de la misma. La norma establece el bloqueo de cuentas en caso de que en un plazo máximo de 90 días el titular no aporte a la institución financiera la declaración de residencia. La aprobación de este decreto permite el intercambio de información, de forma automática y estandarizada, sobre todo tipo de cuentas. El gran avance de este proceso es que en el caso de una investigación ya no es necesario requerir la información al banco, sino que se acude directamente al fisco de cada país, con lo que todo el procedimiento se agiliza.
Según remarcaron ayer desde el Ministerio de Hacienda, esta medida permitirá «verificar más eficazmente el correcto cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes que obtienen rentas financieras en el extranjero». De esta forma, la Agencia Tributaria accederá a información sobre las personas o entidades que tienen cuentas abiertas en entidades españolas y de otros países o podrá conocer, de forma automática, los valores negociables o fondos de inversión que un residente en España tenga en una institución financiera en Luxemburgo, Austria o Irlanda.
Asimismo, en ese avance en el intercambio de información, España y EE.?UU. iniciaron esta semana el último trámite para poner en marcha el convenio firmado entre ambos países. Así, según Hacienda, será posible a partir del 2016 que la Agencia Tributaria acceda a información sobre los depósitos bancarios que un residente en España tiene, por ejemplo, en Delaware, considerado un paraíso fiscal.