Declaración de la Renta
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- Capitan
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Re: Declaración de la Renta
Esta individua se acerca a los regímenes totalitarios, al final el Estado se queda con las casas y cuando ven una buena se la quedan los jerifaltes para su disfrute.
Los países pobres presumen de mujeres guapas y soldados valientes.
Las mujeres con pasado son las más interesantes lo mismo que los hombres con futuro.
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- Capitan
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Re: Declaración de la Renta
Las sanciones por pagar más de 2.500 euros en metálico se disparan un 40 %
http://www.lavozdegalicia.es/noticia/ec ... P35991.htm
Hacienda continua su cruzada contra la economía sumergida con resultados crecientes. Un ejemplo es el aumento de casi el 37 % del número de expedientes sancionadores abiertos durante el pasado año por la Agencia Tributaria por rebasar el límite de 2.500 euros establecido para los pagos en efectivo. Al cierre del 2015 se contabilizaron 1.313 expedientes de multa, derivados de más de 6.000 expedientes de análisis de denuncias -un 27,8 % más que el ejercicio previo- en relación con la limitación legal para los pagos en metálico.
Cabe recordar que el tope de 2.500 euros para operaciones en efectivo cuando al menos una de las partes de la transacción es un profesional, autónomo o empresario, fue una de las medidas estrella de la Ley Antifraude aprobada en el 2012 con el objetivo de ponerle coto al uso de dinero negro. Así, desde el 2013 las facturas -ya sean las del dentista, el fontanero o el taller mecánico- no pueden abonarse en metálico si sobrepasan el mencionado límite.
La sanción por el incumplimiento del tope es del 25 % de la cuantía abonada, a pagar de forma solidaria entre los implicados. Pero Hacienda dejó una vía abierta para evitarla y, de paso, elevar la eficacia del control sobre esta forma tan extendida de economía sumergida: denunciar la operación dentro de los tres meses siguientes a producirse.
La denuncia pueden realizarla cualquiera de las partes implicadas como terceros -es el caso de notarios, registradores de propiedad, abogados, asesores fiscales o auditores- que hayan figurado como intermediarios en las operaciones. De hecho, desde el Consejo General del Notariado recuerdan que en el 2005 crearon el Órgano Centralizado de Prevención del Blanqueo de Capitales y que llevan años «desempeñando una labor determinante en el control y la prevención de delitos como el fraude fiscal y el blanqueo».
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http://www.lavozdegalicia.es/noticia/ec ... P35991.htm
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Re: Declaración de la Renta
Que cabrones, quieren que el beneficio de la utilización de dinero en metálico para enviar y recibir sobres, sea en exclusiva para ellos.
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Re: Declaración de la Renta
Montoro anuncia que el Gobierno limitará más el pago en efectivo
http://www.lavozdegalicia.es/noticia/ec ... acumbamail
La primera sesión de control al Gobierno ha sido la elegida por el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, para anunciar un inminente nuevo plan de lucha contra el fraude, cuyas medidas podrían comenzar a debatirse en el Congreso la próxima semana.
El proyecto incluirá medidas «que pueden reportar importantes ingresos ya para el 2017», ya que, como subrayó Montoro, «necesitamos ingresar para cumplir el objetivo de déficit». Así, la Agencia Tributaria intensificará el control de las liquidaciones del IVA, aunque no se subirá el impuesto. Se trabajará también en la vía de «reducir los pagos en efectivo» (actualmente limitados a un máximo de 2.500 euros) y en revisar los aplazamientos en los pagos de las empresas al fisco.
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En lo que respecta al anuncio de limitar los pagos en efectivo, el sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) pidió ayer rebajarlo a 1.000 euros y que no sean deducibles en el IRPF o sociedades las facturas al contado que lo rebasen.
http://www.lavozdegalicia.es/noticia/ec ... acumbamail
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Re: Declaración de la Renta
Esto no afecta a los que trabajan por cuenta ajena, pero igual interesa a alguien...
Orden HFP/1823/2016, de 25 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2017 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Orden HFP/1823/2016, de 25 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2017 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.
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Re: Declaración de la Renta
Hacienda recorta los ingresos de un millón de autónomos y de los empleados mejor pagados
http://www.farodevigo.es/economia/2016/ ... 81580.html
Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social.
Las medidas fiscales que aprobó ayer el Gobierno afectarán principalmente a las empresas y a los consumidores de alcohol y tabaco, pero también mermarán los ingresos de los asalariados que más cobran y de cerca de un millón de autónomos. Las reformas elevan el 3% las bases máximas de cotización a la Seguridad Social, las correspondientes a los sueldos altos, y el 8% de las bases mínimas, las que pagan buena parte de los trabajadores por cuenta propia.
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El Gobierno está dispuesto a negociar, en el marco del Pacto de Toledo, la eliminación de los topes en las cotizaciones, lo que también abriría la puerta a un incremento de la pensión máxima. De momento, para 2017, se ha aprobado subir el 3% la cotización máxima, que pasará de los 3.642 euros actuales a 3.751 euros, como medida de "solidaridad" de los sueldos más altos con el sistema de prestaciones. Pero al mismo tiempo, el mínimo de cotización ha subido el 8% como reflejo del aumento, en el mismo porcentaje, del salario mínimo. Esta medida afecta a los cerca de un millón de autónomos que pagan la cotización mínima y, que según denunció ayer la asociación sectorial ATA, deberán pagar 300 euros más al año.
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http://www.farodevigo.es/economia/2016/ ... 81580.html
Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social.
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Re: Declaración de la Renta
¡OJO! 670 páginas.
Orden HFP/1895/2016, de 14 de diciembre, por la que se aprueban los precios medios de venta aplicables en la gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.
Corrección de errores de la Orden HFP/1895/2016, de 14 de diciembre, por la que se aprueban los precios medios de venta aplicables en la gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.
Orden HFP/1895/2016, de 14 de diciembre, por la que se aprueban los precios medios de venta aplicables en la gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.
Corrección de errores de la Orden HFP/1895/2016, de 14 de diciembre, por la que se aprueban los precios medios de venta aplicables en la gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.
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Re: Declaración de la Renta
No suelo comentar mucho por aquí, pero voy a dar un poco de luz a este tema en el que existe mucha leyenda urbana, mitos y malinterpretaciones.
Ayer fui a un asesor especialista en temas fiscales de turistas extranjeros, un profesional que conoce muy bien los convenios contra la doble imposición fiscal entre España y otros países. Lo primero de todo que conseguí averiguar con este hombre en su oficina, en vistas a mi situación, es que no se tiene en cuenta la bandera del barco en el que navegas, sino el DOMICILIO DEL ARMADOR. En mi caso, he navegado en bandera maltesa bajo armador domiciliado en Alemania, tal y como aparece en mi contrato en la sección de "owner/employer". Alemania tiene firmado con España un convenio contra la doble imposición fiscal, por lo que de entrada me puedo acoger a la exención de pago del IRPF hasta un máximo de 60100€ anuales.
Hay que cumplir, principalmente, que el trabajo lo hayas realizado para un armador extranjero, y que ese armador esté domiciliado en un país con el que España tenga suscrito un convenio contra la doble imposición fiscal. He aquí la lista de países con convenio ratificado:
http://www.minhafp.gob.es/es-ES/Normati ... _Alfa.aspx
Luego, lo que habría que calcular es el límite hasta el cual estaríamos exentos en función de los días que estuvimos embarcados durante el año. Es decir, sacar la parte proporcional de 60100€ (365 dias), suponiendo, que hubiéramos estado, por ejemplo, 200 días embarcados en total durante el año. Si pasamos del límite obtenido en cuanto ingresos, entonces si que tendríamos que declarar por esa diferencia de más, pero eso, sólo declararíamos el exceso a Hacienda, no todas las ganancias.
Esto mismo que ayer averigué, un compañero ya me lo había comentado tras haber ido personalmente a la delegación de Hacienda más cercana y preguntarles allí. A las consultas online, como esa que se copió por aquí, hacedle más muy poco caso... más vale ir en persona y exponer nuestro con todos los datos y referencias posibles, e informarnos de entrada un poco por nuestra cuenta respecto a convenios internacionales.
Ayer fui a un asesor especialista en temas fiscales de turistas extranjeros, un profesional que conoce muy bien los convenios contra la doble imposición fiscal entre España y otros países. Lo primero de todo que conseguí averiguar con este hombre en su oficina, en vistas a mi situación, es que no se tiene en cuenta la bandera del barco en el que navegas, sino el DOMICILIO DEL ARMADOR. En mi caso, he navegado en bandera maltesa bajo armador domiciliado en Alemania, tal y como aparece en mi contrato en la sección de "owner/employer". Alemania tiene firmado con España un convenio contra la doble imposición fiscal, por lo que de entrada me puedo acoger a la exención de pago del IRPF hasta un máximo de 60100€ anuales.
Hay que cumplir, principalmente, que el trabajo lo hayas realizado para un armador extranjero, y que ese armador esté domiciliado en un país con el que España tenga suscrito un convenio contra la doble imposición fiscal. He aquí la lista de países con convenio ratificado:
http://www.minhafp.gob.es/es-ES/Normati ... _Alfa.aspx
Luego, lo que habría que calcular es el límite hasta el cual estaríamos exentos en función de los días que estuvimos embarcados durante el año. Es decir, sacar la parte proporcional de 60100€ (365 dias), suponiendo, que hubiéramos estado, por ejemplo, 200 días embarcados en total durante el año. Si pasamos del límite obtenido en cuanto ingresos, entonces si que tendríamos que declarar por esa diferencia de más, pero eso, sólo declararíamos el exceso a Hacienda, no todas las ganancias.
Esto mismo que ayer averigué, un compañero ya me lo había comentado tras haber ido personalmente a la delegación de Hacienda más cercana y preguntarles allí. A las consultas online, como esa que se copió por aquí, hacedle más muy poco caso... más vale ir en persona y exponer nuestro con todos los datos y referencias posibles, e informarnos de entrada un poco por nuestra cuenta respecto a convenios internacionales.
- ACB
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Re: Declaración de la Renta
Ley de Exención de IRPF:
Articulo 7 de la ley de IRPF y el art 6 del reglamento del IRPF .
A ésta ley me ha dicho una funcionaria de la Agencia Tributaria y profesora de universidad, que he de acogerme a la hora de declarar.
En mi caso, bandera de Panamá, empresa turca, trabajo en Italia, soltero, sin hijos y estoy menos de 90 días en España.
Algo también he oído que lo que sobrepase de 60.100€/anuales, se declara el 20%, pero sólo de lo que sobrepase.
Espero que sea así porque quiero mi dinero legalmente en España, pero me parecería una faena tener que pagar muchos impuestos no estando ni 3 meses al año en España...
Articulo 7 de la ley de IRPF y el art 6 del reglamento del IRPF .
A ésta ley me ha dicho una funcionaria de la Agencia Tributaria y profesora de universidad, que he de acogerme a la hora de declarar.
En mi caso, bandera de Panamá, empresa turca, trabajo en Italia, soltero, sin hijos y estoy menos de 90 días en España.
Algo también he oído que lo que sobrepase de 60.100€/anuales, se declara el 20%, pero sólo de lo que sobrepase.
Espero que sea así porque quiero mi dinero legalmente en España, pero me parecería una faena tener que pagar muchos impuestos no estando ni 3 meses al año en España...
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Re: Declaración de la Renta
Orden HFP/105/2017, de 6 de febrero, por la que se aprueba el modelo 121 "Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Deducciones por familia numerosa o por personas con discapacidad a cargo. Comunicación de la cesión del derecho a la deducción por contribuyentes no obligados a presentar declaración", y el modelo 122 "Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Deducciones por familia numerosa, por personas con discapacidad a cargo o por ascendiente con dos hijos separado legalmente o sin vínculo matrimonial. Regularización del derecho a la deducción por contribuyentes no obligados a presentar declaración", se establece el lugar, forma y plazo para su presentación y se modifica otra normativa tributaria.
CorrecciónDonde dice: «Se introducen las siguientes modificaciones en la Orden HAP/2174/2013, de 22 de noviembre:», debe decir: «Se introducen las siguientes modificaciones en la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre:».
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