Declaración de la Renta
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- Capitan
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Re: Declaración de la Renta
Se dice que desaparece el programa PADRE y es sustituido por el RENTAWEB.
Sólo somos una raza avanzada de monos en un pequeño planeta de una estrella promedio. Pero podemos entender el universo. Eso nos hace muy especiales. Stephen Hawking, 1989
- ACB
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Re: Declaración de la Renta
Muy buenas!!
Y mi pregunta es, ¿cómo se realiza la Declaración de la Renta estando embarcado?.
En la web de la Agencia Tributaria, donde está el borrador, no tienes la opción de introducir a qué ley te acoges por ser marino emigrante... .
Y mi pregunta es, ¿cómo se realiza la Declaración de la Renta estando embarcado?.
En la web de la Agencia Tributaria, donde está el borrador, no tienes la opción de introducir a qué ley te acoges por ser marino emigrante... .
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- Piloto
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Re: Declaración de la Renta
En este enlace, de un asesor fiscal para pilotos de aviación, está la respuesta a tu pregunta y a las de muchos otros seguramente:
http://www.fiscalidad-expatriado.com/7p ... xtranjero/
"Al respecto, debemos recordar que la norma permite no declarar rentas exentas, por lo que el piloto que pretenda ampararse en la exención, podrá no declarar las rentas exentas, hasta el límite de los 60.100€, si bien debería, en todo caso preparar un defense file, para el caso que con posterioridad, la Administración Tributaria solicite justificación de la exención del 7p.
Dicho la anterior y teniendo en cuenta la posibilidad de extender la exención a los 82.100€, tal como se exponía en nuestro artículo de fecha 16 de noviembre de 2015; el contribuyente deberá disponer anualmente de toda la información y justificantes necesarios para poder, en cualquier momento a requerimiento de los órganos de gestión tributaria, justificar del cumplimiento de los requisitos exigidos en el artículo 7p de la Ley 35/2006 del IRPF y en artículo 6 del reglamento.
Es por ello que desde Jv-Fex recomendamos preparar con el asesor un defense file donde se haga constar:
Cumplimiento requisitos.
Cálculo exención.
Criterios de cálculo.
Justificantes disponibles.
En su caso y pese a la existencia de planes de vuelo, sería aconsejable disponer de un certificado fiscal preparado por la cia. En este sentido, ver post de fecha 29 de octubre de 2015.
Finalmente, comentar que este documento, nos podrá servir como justificante de nuestros ingresos en el supuesto que nuestro Banco español nos solicite justificación de los ingresos o incluso nos pida explicación de los motivos por los cuales no declaramos ingresos en nuestra declaración de IRPF."
http://www.fiscalidad-expatriado.com/7p ... xtranjero/
"Al respecto, debemos recordar que la norma permite no declarar rentas exentas, por lo que el piloto que pretenda ampararse en la exención, podrá no declarar las rentas exentas, hasta el límite de los 60.100€, si bien debería, en todo caso preparar un defense file, para el caso que con posterioridad, la Administración Tributaria solicite justificación de la exención del 7p.
Dicho la anterior y teniendo en cuenta la posibilidad de extender la exención a los 82.100€, tal como se exponía en nuestro artículo de fecha 16 de noviembre de 2015; el contribuyente deberá disponer anualmente de toda la información y justificantes necesarios para poder, en cualquier momento a requerimiento de los órganos de gestión tributaria, justificar del cumplimiento de los requisitos exigidos en el artículo 7p de la Ley 35/2006 del IRPF y en artículo 6 del reglamento.
Es por ello que desde Jv-Fex recomendamos preparar con el asesor un defense file donde se haga constar:
Cumplimiento requisitos.
Cálculo exención.
Criterios de cálculo.
Justificantes disponibles.
En su caso y pese a la existencia de planes de vuelo, sería aconsejable disponer de un certificado fiscal preparado por la cia. En este sentido, ver post de fecha 29 de octubre de 2015.
Finalmente, comentar que este documento, nos podrá servir como justificante de nuestros ingresos en el supuesto que nuestro Banco español nos solicite justificación de los ingresos o incluso nos pida explicación de los motivos por los cuales no declaramos ingresos en nuestra declaración de IRPF."
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Re: Declaración de la Renta
Muy buena aportación.
Gracias.
Gracias.
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- Capitan
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Registro Especial de Canarias
Quieren modificarlo para hacerlo más competitivo con respecto a los otros registros especiales europeos, una de las ventajas sería DAR EMPLEO A LOS MARINOS ESPAÑOLES, ja ja ja,es una buena razón si alguien se lo cree.
http://www.puentedemando.com/propuestas ... -canarias/
http://www.puentedemando.com/propuestas ... -canarias/
Los países pobres presumen de mujeres guapas y soldados valientes.
Las mujeres con pasado son las más interesantes lo mismo que los hombres con futuro.
Las mujeres con pasado son las más interesantes lo mismo que los hombres con futuro.
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- Primero
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Re: Declaración de la Renta
Ha cambiado algo, porque al pedir el borrador, no me devuelven nada, y hasta el año pasado siempre me devolvían
Soldados, la patria nos llama a la lid, juremos por ella, vencer o morir!!!!
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Re: Declaración de la Renta
Lo siento, pero he leído muchas publicaciones sobre este tema y sigo confundido. ¿Alguien puede avisar si se puede aplicar la exención de 60.100 €? ¿Por ejemplo, si trabajo en un yate con la bandera de las Bermudas pero mi contrato es de Malta y navegamos a varios países diferentes, puedo aplicar esta exención? Gracias de antemano y perdón por la pregunta repetida. Encuentro este tema muy confuso.