AYUDA: Conflicto con la Tarjeta Profesional

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Alex
Grumete
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Registrado: Lun 20 Ene 2003 18:24
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AYUDA: Conflicto con la Tarjeta Profesional

Mensaje por Alex »

Formo parte de la última promoción de Patrones de Cabotaje realizada en septiembre del 2002. He realizado los cursos de LCI y supervivencia 1ºNivel, Requisitos mínimos para el embarque, porsupuesto tengo mi libreta marítima y mi reconocimiento médico.
Mis dias de mar para obtener el título definitivo son de 12 meses de alumno o marinero de puente y posteriormente 12 meses de oficial.

Ahora viene el problema: para que me enrolen como marinero de puente, necesito una tarjeta profesional que es la que autoriza el ejercicio de la profesión. Pues según Capitania Marítima, me tengo que sacar la competencia de marinero, pasar dos meses de enrole como mozo de puente o camarero y con esos días solicitar la tarjeta profesional de marinero de puente.

Aquí abajo expongo literalmente con puntos, comas y erratas el extracto del BOE que habla sobre el tema.
Espero alguien me ilumine o aporte alguna luz sobre el tema, porque por lo que yo leo me tendrian que dar la tarjeta para ejercer de marinero y que quede claro que la tarjeta no es el título, concepto que creo que se confunde en muchas ocasiones.

Estoy dispuesto ha presentar los escritos que sean oportunos ante las autoridades para solucionar esta situación, agradeceré toda información o experiencia que conozcais, por que, ahora en lugar de avanzar en mi formación, las autoridades me obligan a retroceder y por poco que pueda intentaré evitarlo.

Extracto:

De la Orden del 21 de junio de 2001 sobre
Tarjetas Profesionales.

Disposición transitoria segunda. Titulados de formación profesional.

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2. La Dirección General de la Marina Mercante aceptará las certificaciones de examen de Patrón de Cabotaje y Patrón Mayor de Cabotaje, Mecánicos navales Mayor, de primera y segunda clase, emitidas por un centro de Formación Profesional autorizado hasta el
día 1 de febrero de 2002, al objeto de expedir las tarjetas de Marina Mercante.

3. La Dirección General de la Marina Mercante podrá expedir las correspondientes tarjetas de Marina Mercante a los poseedores de los anteriores certificados de examen y estén realizando los períodos de embarco requeridos por la normativa vigente hasta el 31 de diciembre de 2008. Para tales efectos, los aAlumnos de formación profesional
podrán realizar los exámenes correspondientes, sin necesidad de haber obtenido una tarjeta profesional previa.

.....

Saludos Alex
avqx@mixmail.com
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