De Patrón de altura a 1º Piloto (SOLUCIONADO)!!!

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detonativo
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De Patrón de altura a 1º Piloto (SOLUCIONADO)!!!

Mensaje por detonativo »

Pos eso, tengo el patrón de altura y he estado embarcado más de 2 años como 1º Oficial de Puente en barcos de más de 100Gt, ahora me acabó de sacar la diplomatura de navegación, me piden que supere la prueba de idoneidad, para que me den el piloto de segunda, pero mi pregunta es porque lo tengo que hacer, ya que yo ya poseo las atribuciones necesarias y ya he ejercido como 1º Oficial en buques de más de 100Gt (que es lo que me dan si supero la prueba), en Capitanía no sabe que decirme, y en madrid llamó pero no contestan, alguien esta como yo?

saludos!
Última edición por detonativo el Jue 01 Mar 2012 12:53, editado 1 vez en total.
JMRC
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Re: De Patrón de altura a 1º Piloto

Mensaje por JMRC »

Buenos dias Detonativo.
Siento decírtelo pero tu no posees las atribuciones necesarias. Ejerciste en buque de más de 100 Gt, pero de menos de 1600 GT.
Con los requisitos de patrón no cubres los de piloto, sería algo así como si con los requisitos de Auxiliar de clínica o Delineante tuvieses los de Diplomado en Enfermería o Aparejador.
La norma dice claramente que para ser Piloto tienes que superar el examen profesional, porqu es de otro nivel educativo. Así de claro.
Es más con la misma normativa en vigor incluso para ser Patrón tendrían que hacer un examen profesional pero no lo están haciendo.
Saludos
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XIMO LLORET I RIVES
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Re: De Patrón de altura a 1º Piloto

Mensaje por XIMO LLORET I RIVES »

JMRC :
Mezcla de churras con merinas con el añadido de un corporativismo ya demodee :el compañero que pide información es Diplomado en Navegación - a más de P.A.-, luego ¿ a santo de qué viene lo de auxiliar de clínica o delineante ? : ¡es diplomado! ...y con el añadido de una experiencia marítima previa de la que carecen los diplomados al uso - ¿tu ?-.
Un Patrón de Altura ,que tenga superados los requerimientos legales ,tiene las siguientes atribuciones :
Oficial de puente sin limitación
Primer Oficial en buques mercantes hasta 3000 GT
Capitán hasta 1600 GT.
Para estar en posesión del "Título Profesional" de P.A. ,con plenas competencias,hay que cumplir lo que se dice en el Ar.8 del R.D. 973/2009 por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante ( entre ellos la "pruba de idoneidad") y que implica "haber realizado un periodo de embarque no inferior a 12 meses....al menos seis meses en actividades de la guardia de navegación...."
La pregunta es : ¿ por qué un profesional que ostenta más competencias profesionales - las de piloto de 2ª son : oficial sin limitación;1 er oficial hasta 3000 GT; capitán hasta 500 GT - ,como Patrón de Altura ,tiene que.... ?
Las pruebas de idoneidad profesional "se limitarán a verificar el exacto".....(art.23 del RD) y esas pruebas se exigen tanto a los diplomados (para obtener piloto de 2ª ),como a los técnicos superiores (para obtener patrón de altura ).
¿ Qué pruebas de idoneidad teneis que pasar los diplomados?. No hace falta que me contestes : las conozco.

Detonativo :
Dale un repaso al art. 7 del R.D. apartados b) y mira si tus embarques son asimilables/homologables a "un perido no inferior a 12 meses como alumno etc.". ( no dice nada sobte GT ni "tipo de navegación" ).
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Re: De Patrón de altura a 1º Piloto

Mensaje por el_listo »

Parece que continua en vigor la Orden de 18 de octubre de 1989 (BOE n.o 260 por la que se establece la prueba de aptitud para la obtención de los títulos profesionales de Capitán, Piloto de segunda clase, Jefe de Máquinas, Oficial de Máquinas de segunda clase, Oficial Radioelectrónico de primera y segunda clase de la Marina mercante. De acuerdo con OM y el Art. 23 del RD 973/2009 la DGMM convoca cada año las pruebas de aptitud (por ejemplo, la Resolución de 11 de enero de 2011, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se convocan pruebas de aptitud para la obtención de los títulos de Piloto de Segunda, Oficial de Máquinas de Segunda y Oficial Radioelectrónico de Segunda de la Marina Mercante.)
Si no hay una norma que establezca la convalidación o equivalencia entre la prueba de aptitud para Patrón de Altura y la prueba de aptitud para Piloto, parece que no queda otro remedio que pasar la prueba para Piloto aunque ya se sea patrón de altura.
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Re: De Patrón de altura a 1º Piloto

Mensaje por JMRC »

XIMO LLORET I RIVES escribió:JMRC :
Mezcla de churras con merinas con el añadido de un corporativismo ya demodee .
Ximo NO QUIERO SER CORPORATIVISTA DEMODEE como tu dices. Si me puedes acusar de algo es de no explicarme con claridad en sólo cuatro líneas.
La prueba profesional (lo de "idoneidad" me suena a funcionario que no sabe por donde anda) se sigue exigiendo para ser Piloto, así de Claro.; guste o no guste. Es lo que hay.
Los Patrones de Altura podrán ejercer de oficiales encargados de la guardia de navegación en buques sin limitación de tonelaje cuando tengan un año de embarque en buques entre 100 y 1600 Gt una vez obtenido el título profesional. Que en el caso de este compañero ya lo tiene, sí. Pero tendrá que hacer el examen profesional; lo de prueba de idoneidad no se si lo pone con esas palabras el decreto, pero si las pone me parece lamentable.
Y como es del Plan nuevo ya no tendrá que hacer la prueba de conjunto para obtención del título académico como teniamos que hacer nosotros, que eso SÍ que te chupaba trabajo y tiempo (y pasta).
Y aunque él no lo crea el haber eliminado la pruba para obtención del Título académico ya simplificó mucho y eliminó muchos quebraderos de cabeza, porque de entrada solo la había en Mayo y Octubre.
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Re: De Patrón de altura a 1º Piloto

Mensaje por XIMO LLORET I RIVES »

Real Decreto 973/2009 de 12 de junio (BOE nº 159/2009 fecha 02/07/2009 )Cap. III Art. 23.-
1.- Para la obtención de las tarjetas profesionales de la marina mercante habilitantes para el ejercicio a bordo de las atribuciones correspondientes a los títulos regulados en este real decreto será preciso superar una prueba específica de idoneidad profesional ,cuando así venga establecido
2.- Las pruebas de idoneidad profesional se limitarán a verificar el exacto y completo conocimiento de las normas de guardia contenidas en el cap.VIII del Convenio STCW y del Código STCW, así como a comprobar, por medio de simuladores de navegación o de máquinas, que el candidato ofrece la respuesta adecuada a las diversas situaciones que puedan plantearse en el ejercicio de la guardia. El Ministerio de Fomento determinará el contenido y los procedimientos de las referidas pruebas.
(Texto completo del RD. en http:/www.derecho.com/boe/real-decreto-973-2009 -regulan-titula...)

Este artículo 23 no es más que "literatura" en la práctica - un brindis al sol - :¿cuantos de los que poseen Tarjeta Profesional de la M.M. , de los títulos que regula el R.D., han pasado una "prueba en simuladores de navegación o máquinas" tal como se establece en el punto 2 del arículo 23 ? Personalmente, no conozco ni uno - ni Diplomado, ni Licenciado ,ni Técnico Superior- : para obtener la tarjeta solo hay que presentar los perceptivos documentos que certifican el haber realizado los embarquues que se regulan a lo largo del articulado ( Art. 5 al 19 ,ámbos incluidos ).
¿En las facultades e institutos politécnicos existe simuladores de puente y máquinas donde se pueda realizar la "prueba de idoneidad" ?.
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Re: De Patrón de altura a 1º Piloto

Mensaje por detonativo »

Merci por las respuestas, aqui unas aclaraciones sobre mi situación.

Mis embarques han sido en buques superiores a 100GT.

La prueba de idoneidad se hace cuando has cumplido 1 año de alumno de puente en barcos de más de 100Gt, dicha prueba te otorga la capacidad de ejercer como oficial de puente.

Y allí esta el kit de la questión, yo ha he ejercido como oficial de puente en buques mayores de 100Gt, por lo que la idoneidad creo que la tengo más que superada, ya que sino no me hubieran dejado enrolarme en su día. Que hayan sacado hace 2 años dicha ley, no es de caracter retroactivo, por lo que yo en su día pasé de marinero de puente (1 año) en buques superiores a 100Gt a Oficial de Puente, y he ejercido como 1º Oficial de puente en buque de más de 100Gt. Para mí, esto me supone un atraso en cuanto a proyección laboral, ya que ahora mismo poseo más atribuciones profesionales que un Piloto de 2ª, y poseo los embarques necesarios que piden para Piloto de 1ª.

La prueba de idoneidad que hacen en la Facultad es un trabajito, nada de simuladores etc. Yo a día de hoy, en nuestro buque, vienen alumnos de la facultad los cuales tambien les hago la formación e intento enseñarles todo lo que se. Ahora tengo que hacer la prueba? y volver hacer los embarques? no tiene lògica, creo que la Administración no se fijó en la gente que ya era profesional y que iba a aumentar sus estudios, realmente es un paso atrás.

Las Capitanías no saben que decirme, llamó a Madrid y no responden, les escribo email y tampoco, mi último recurso es un email que he escrito a Aetinape que se compromenten a comentar el tema al Director general de la Marina Mercante, pero hasta entonces a esperar.

saludos
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Re: De Patrón de altura a 1º Piloto

Mensaje por XIMO LLORET I RIVES »

Redacta un escrito exponiendo tu caso y remitelo a la D.G.M.M.- mediante un burofax o instancia presentada por registro -.
En el mismo escrito reclama un dictamen vinculante.
Si redactas una instancia "común" la puedes presentar en el registro de entrada de la Delegación o Subdelegación del Gobierno, Capitanía Marítima....Entrega original y que te compulsen la copia que te quedas.
Si optas por elburofax, en la estafeta de correos te darán una copia compulsada.

El problema, que tenemos todos, es que hay legislación a cascoporro -y muchas veces ,las más,contradictorias entre si- ; que se ponen a escribir sin ver si lo que se legisla es trasladable a la cotidianidad, sin arbitrar los médios físicos o económicos...

Ninguna ley , en un estado de derecho "fetén", puede tener caracter retroactivo ni perjudicar o anular derechos adquiridos.....
aunque en este pais, llamado España, todo es posible.

Dicho lo dicho....: si la "prueba de idoneidad" se reduce a un trabajito.... yo fusilaría uno cualquiera,lo preséntaba y.... ¡ corte de mangas generalizado!. De esta forma me evitaría idas,venidas, cabreos varios y una inútil perdida de tiempo.
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Re: De Patrón de altura a 1º Piloto

Mensaje por detonativo »

Merci, pero entiendo que si hago el trabajito luego me tocaría hacer otros 2 años de embarque, y es por lo que estoy un poco moska, pero haré lo que me dices, cuando me den el título academico lo haré.

Merci por la ayuda!
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Re: De Patrón de altura a 1º Piloto

Mensaje por XIMO LLORET I RIVES »

Detonativo:
De nada, compañero , y tómatelo con "calma" .
Miralo desde esta perspectiva: posees una titulación "mu apañá" ,para ganarte las lentejas muy dignamente ,y una experiencia que otros no poseen y eso te da ventaja sobre esos otros ...

Con el decreto "en la mano" , si quieres seguir el camino que arranca con la diplomatura, no hay otra salvo que consigas que te homologuen lo ya "bailado" ...cosa que dudo porque este pais es el paraiso del libro gordo de petete y de unos burrocratas que se ciñen a la literalidad de la normativa.
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Re: De Patrón de altura a 1º Piloto

Mensaje por JMRC »

Buenos dias Detonativo.
Leí el Decreto último del que habla Ximo, y tengo que pedirte disculpas por mis atrevidas opiniones cuando tú lo que buscabas es consejo. No se debe hablar si no se está seguro de que hay otras disposiciones más recientes.
Con ese decreto en la mano, no habla para nada de que los dias tengan que ser de Piloto de 2ª, solo dice de Oficial de Puente, y no habla para nada de tengan que ser con posterioridad a la obtención del de Piloto de 2ª. Cuando a la administración le interesa nos aplica la norma al pie de la letra, pues tu agarrate a eso, estás en tu derecho.
Según este decreto, el del BOE de 02 de Julio de 2009, en cuanto te llegue la tarjeta de Piloto de 2ª (el examen profesional es un mero trámite) ya puedes pedir la de Piloto de 1ª. Suerte y mis disculpas una vez más.
Ximo te mando un mensaje al privado.
Un saludo a todos.
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Re: De Patrón de altura a 1º Piloto

Mensaje por detonativo »

JMRC escribió:Buenos dias Detonativo.
Leí el Decreto último del que habla Ximo, y tengo que pedirte disculpas por mis atrevidas opiniones cuando tú lo que buscabas es consejo. No se debe hablar si no se está seguro de que hay otras disposiciones más recientes.
Con ese decreto en la mano, no habla para nada de que los dias tengan que ser de Piloto de 2ª, solo dice de Oficial de Puente, y no habla para nada de tengan que ser con posterioridad a la obtención del de Piloto de 2ª. Cuando a la administración le interesa nos aplica la norma al pie de la letra, pues tu agarrate a eso, estás en tu derecho.
Según este decreto, el del BOE de 02 de Julio de 2009, en cuanto te llegue la tarjeta de Piloto de 2ª (el examen profesional es un mero trámite) ya puedes pedir la de Piloto de 1ª. Suerte y mis disculpas una vez más.
Ximo te mando un mensaje al privado.
Un saludo a todos.
Merci, y tranquilo que no me ha molestado para nada. A ver como acaba la cosa, porque no saben nada de nada, todavía no he recibido respuesta de Madrid.
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