Aumentan los derechos de los pasajeros

Los europeos, mejor protegidos cuando viajan por “agua” (mar o vías navegables).

A partir de hoy, los pasajeros que viajen por mar y por vías navegables en la UE y, especialmente las personas con discapacidad y las personas con movilidad reducida, se beneficiarán de derechos similares a los de los pasajeros de avión o tren. Estos nuevos derechos son, por ejemplo, los siguientes:

• Asistencia adecuada (por ejemplo, refrigerios, comidas, refrescos y, en caso necesario, alojamiento hasta tres noches, con una cobertura financiera de hasta 80 euros por noche) en situaciones de cancelación o retraso en la salida de más de 90 minutos

•Garantía de poder elegir entre el reembolso o un transporte alternativo en caso de cancelación o retraso en la salida de más de 90 minutos.

•Indemnización de entre el 25 % y el 50 % del precio de billete en situaciones de retraso en la llegada.

•Trato no discriminatorio y ayuda específica gratuita para las personas con discapacidad y para las personas con movilidad reducida, tanto en las terminales portuarias como a bordo de los barcos, así como compensación financiera por la pérdida o deterioro de su equipo de movilidad.

Además, a partir del 31 de diciembre de 2012, los pasajeros que sufran un accidente al viajar por mar tendrán los derechos siguientes en virtud de la legislación de la UE:

•Indemnización financiera en caso de fallecimiento, lesiones personales o pérdida o daños sufridos por el equipaje, los vehículos y los equipos de movilidad o de otro tipo.

•Anticipo (en el plazo de quince días) para cubrir las necesidades económicas inmediatas en caso de muerte o lesiones.

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