El plazo previsto para la transformación de las sociedades estatales de estiba y desestiba en agrupaciones portuarias de interés económico vence el 27 de febrero de 2005, según contempla la ley de 26 de noviembre de 2003. El Real Decreto Ley aprobado hoy amplía en un año ese plazo, lo que permitirá que en el futuro las Autoridades Portuarias tengan presencia en dichas sociedades y, por lo tanto, en su coste.
Síguenos en Telegram
Oleaje
Enlaces
Enlaces externos
Archivos