Reunión Subcomité Contaminación, Prevención y Respuesta

Del 5 al 9 de febrero se celebró en la sede de la OMI la 5ª sesión del Subcomité de la Organización Marítima Internacional sobre Contaminación, Prevención y Respuesta (MPEC).

Unas pinceladas, en la web de la OMI puede consultarse el resumen completo de la quinta reunión del Subcomité.

Grupo de Trabajo sobre la calidad del aire
Como curiosidad, los norteamericanos lideran el proyecto del protocolo para medir las emisiones del “Black Carbon”, carbonilla que dirían los Jefes ;-), parece ser que la carbonilla, producida de forma natural en incendios o por la combustión incompleta de combustibles fósiles es el segundo causante del calentamiento global después del CO2. El grupo de trabajo ha determinado las mejores formas de medirlo mediante filtros, laser y espectrometria, tras medirlo llegarán los límites, y el Gas Natural no deja carbonilla…

Por otro lado, acordaron enmiendas al Anexo VI de MARPOL para prohibir el transporte de fuel con un contenido de azufre superior al 0,50 por ciento. El límite del 0,50 por ciento de azufre en el combustible a bordo de los buques entrará en vigor el 1 de enero de 2020.

Calidad del aire en definitiva, que va costar dinero o subvenciones

Grupo de Trabajo sobre la Gestión del Agua de Lastre
Estos han acordado redactar una guía sobre las limitaciones de diseño de los sistemas de gestión del agua de lastre y su vigilancia para presentarlo con miras a su aprobación.

El Subcomité invitó a que se presentaran al sexto período de sesiones, ejemplos concretos de medidas de contingencia en los casos en que un sistema de gestión del agua de lastre pudiera resultar averiado y un proyecto de orientaciones para los puertos con aguas de calidad deficiente.

Grupo de Trabajo sobre los Peligros de la Contaminación por Productos Químicos,
Han completado la revisión del Capítulo 21 del Código Internacional para la Construcción y el Equipo de Buques que Transporten Productos Químicos Peligrosos a Granel (IBC). Se espera que los Capítulos 17, 18, 19 y 21 revisados del Código IBC entren en vigor el 1 de enero de 2021.

Grupo de Trabajo sobre Contaminación por Hidrocarburos,
Liderado por los americanos que se hicieron grandes expertos con el desastre de la Deepwater Horizon, han presentado las Directrices para la Aplicación de Dispersantes Submarinos, lo que da lugar a un marco para que los distintos países elaboren políticas nacionales sobre la utilización y aplicación de los dispersantes submarinos.

Además, llegaron a un acuerdo sobre las directrices para la aplicación de los requisitos del Anexo I de MARPOL a las instalaciones flotantes de producción, almacenamiento y descarga y a las unidades flotantes de almacenamiento, para su presentación al MEPC 73, con miras a su examen y aprobación. Unos que se escapaban de tapadillo de la legislación marítima, veremos si hay fuerza para aplicar los requisitos.

Por último, dentro del ámbito del MARPOL examinaron la utilización de un libro de registro electrónico, aprobado por la Administración, en lugar del libro de registro impreso.

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