ORDEN FOM/2417/2007, de 25 de julio, por la que se regula el reconocimiento de la capacitaci贸n profesional para la prestaci贸n de los servicios de practicaje portuario. BOE 7 de Agosto
Disposici贸n adicional tercera. Exenciones del servicio de practicaje.
4. Quedan exceptuados de la obligatoriedad de la utilizaci贸n del servicio de practicaje los capitanes que est茅n al mando de los buques de salvamento al servicio de la Sociedad de Salvamento y Seguridad Mar铆tima (SASEMAR), excepto en aquellos puertos en los que por su configuraci贸n geogr谩fica, gran complejidad o dificultad de acceso, el Capit谩n mar铆timo considere que se debe de utilizar dicho servicio para garantizar la seguridad mar铆tima y de la navegaci贸n.
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