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Bit谩cora - Marinos Mercantes

03 junio 2005

Consejo de Ministros



Modificado el sistema de Reconocimiento de las titulaciones profesionales de la Marina Mercante (se modifica el Real Decreto 2062/1999)

Se consigue mayor eficacia y la unificaci贸n de criterios entre todos los Estados Miembros de la Uni贸n Europea

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula el nivel m铆nimo de formaci贸n en profesiones mar铆timas. El Gobierno cumple as铆 con las condiciones comunes adoptadas por la Uni贸n Europea en el reconocimiento de titulaciones mar铆timas profesionales expedidas por terceros pa铆ses en el marco del Convenio Internacional de Formaci贸n, Titulaci贸n y Guardia para la Gente de Mar.

El nuevo procedimiento cambia el sistema de reconocimiento de esas titulaciones. A partir de ahora, corresponde a la Agencia Europea de Seguridad Mar铆tima la labor de asesoramiento y evaluaci贸n de los sistemas de formaci贸n y titulaci贸n de terceros pa铆ses, como apoyo de los servicios de la Comisi贸n Europea, as铆 como de los Estados miembros. Se consigue de esta forma mayor eficacia y, a la vez, la unificaci贸n de criterios entre todos los Estados miembros.

La norma aprobada modifica un Real Decreto de 30 de diciembre de 1999 en el que se establec铆a un procedimiento para el reconocimiento de titulaciones profesionales emitidas por pa铆ses de la Uni贸n Europea, as铆 como por terceros pa铆ses.

En cualquier caso, lo que no se modifica es lo relativo a la competencia exclusiva del Ministerio de Fomento, a trav茅s de la Direcci贸n General de la Marina Mercante, en el reconocimiento de estos t铆tulos profesionales emitidos por otros pa铆ses, que es un requisito imprescindible para poder trabajar en buques de bandera espa帽ola.

Por otra parte, el nuevo Real Decreto equipara la situaci贸n de los poseedores de titulaciones espa帽olas con los de las titulaciones extranjeras, en cuanto a que en ambos casos se aplicar谩 el silencio negativo de la Administraci贸n, una vez transcurridos tres meses desde el inicio del expediente sin que hubiese reca铆do resoluci贸n expresa.

Adem谩s, el texto legal incorpora una enmienda del Convenio SOLAS, referente a las comunicaciones entre los buques y las autoridades de tierra.




Adaptadas las Titulaciones de la Marina Mercante y el sector pesquero a la demanda del mercado laboral

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica la normativa existente sobre condiciones generales de idoneidad y titulaci贸n de determinadas profesiones de la marina mercante y del sector pesquero.

El objetivo del mismo es dotar a los profesionales del sector de las atribuciones necesarias para dar cobertura a la demanda del mercado laboral del sector pesquero, facilitar el relevo generacional y, a su vez, dar cumplimiento a lo dispuesto en la normativa emanada de los organismos internacionales y, en especial, en el Convenio Internacional sobre Normas de Formaci贸n, Titulaci贸n y Guardia para el personal de los buques pesqueros de 1995.

Las 煤ltimos cambios realizados en esta materia en 2003, motivados por la necesidad de adaptar las titulaciones al incremento de las potencias de los equipos propulsores de los buques, con el fin de alcanzar caladeros cada vez m谩s lejanos en la b煤squeda de nuevas posibilidades de pesca, se han mostrado insuficientes y no han producido el efecto necesario en la demanda existente en el mercado laboral del sector pesquero.

Por esta raz贸n, el Real Decreto aprobado hoy adecua las atribuciones de los Mec谩nicos Mayores Navales a las necesidades actuales en los buques de pesca y, a su vez, se aumentan las atribuciones de los Mec谩nicos Navales que ejerzan como oficial de m谩quinas en sus diferentes categor铆as en buques de pesca cuya jefatura corresponda a la titulaci贸n inmediatamente superior, como es el Mec谩nico Naval Mayor.


Y todos tan contentos, si subiesen los sueldos en vez de las atribuciones, habr铆a pi帽as por embarcar.

# Escrito por Marmer @ 3.6.05

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